CONSEJO NACIONAL DE EDUCACION CONTRATO DE MAESTRAS
AÑO 1923
‘Este es un acuerdo entre la señorita….. …maestra, y el Consejo de Educación y de la
Escuela por el cual la señorita ………… ……… ……… …acuerda impartir clases por un
período de ocho meses a partir del……… ……… …de 1923.

La señorita acuerda:
1* ­ No casarse. Este contrato quedará automáticamente anulado y sin efecto si la maestra se casa.
2* ­ No andar en compañía de hombres.
3* ­ Estar en su casa entre las ocho de la tarde y las seis de la mañana, a menos que sea para atender una
función escolar.
4* ­ No pasearse por las heladerías del centro de la ciudad.
5* ­ No abandonar la ciudad bajo ningún concepto sin el permiso del presidente del Consejo de Delegados.
6* ­ No fumar cigarrillos. Este contrato quedará automáticamente anulado y sin efecto si se encontrara a la
maestra fumando.
7* ­ No beber cerveza, vino, ni whisky. Este contrato quedará automáticamente anulado y sin efecto si se
encontrara a la maestra bebiendo.
8* ­ No viajar en ningún coche o automóvil con ningún hombre excepto su hermano o su padre.
9* ­ No vestir ropas de colores brillantes.
10* ­ No teñirse el pelo.
11* ­ Usar al menos dos enaguas.
12* ­ No usar vestidos que queden a más de cinco centímetros por encima de los tobillos.
13* ­ Mantener limpia el aula:
a) Barrer el suelo del aula al menos una vez al dia.
b) Fregar el suelo del aula al menos una vez por semana con agua caliente y jabón.
c) Encender el fuego a las siete, de modo que la habitación esté caliente a las ocho cuando lleguen los niños.
d) Limpiar la pizarra una vez al día.
l4* ­ No usar polvos faciales, no maquillarse ni pintarse los labios.

Fuente: ‘La Revista del Consejo Nacional de la Mujer’

Nota de Redacción: ¿Cómo habrá sido el contrato para los maestros?